Noticias: Aclaración respecto al actual proceso de homologación del Título de Especialista en Psicología Clínica
Los colegiados que habiendo presentado su solicitud de homologación en el primer proceso se encuentren a la espera de resolución por parte del Ministerio de Educación no han de volver a tramitar su solicitud en este segundo plazo. Así lo ha transmitido B. Olabarría, a petición de la Sección de Clínica del COP de Madrid. "Efectivamente estás en lo cierto. Sólo quienes no lo hubieran presentado antes y deseen solicitar homologación de título de especialista en Psicología Clínica, han de presentar solicitud. Quienes, habiendo hecho su solicitud en el plazo anterior a éste y, al amparo del nuevo Real Decreto de ampliación de plazos quieran ampliar documentación porque vean que los plazos/tiempos de su ejercicio profesional y formación presentes en su expediente actual fuesen más cortos de los marcados en el RD y la OM, naturalmente pueden hacerlo, pero no como una nueva solicitud, sino como una ampliación de documentación a realizar en su expediente vigente. En estos casos, si ya contaron antes con la certificación colegial de ejercicio clínico, no deben volver a solicitar un nuevo certificado al COP, puesto que ese requisito ya lo cumplieron, presentaron y consta en su expediente en el el Mº Educ. y Ciencia (MEC). Por supuesto no es necesario de ninguna manera hacer nueva solicitud de homologación a quienes ya cumplían los plazos y requisitos antes de la publlicación de este nuevo RD de ampliación de plazos. De este tema hemos hablado repetidamente en la Comisión Nacional, está clarísimo y así todos unánimemente lo sabemos, por ello no se entiende o no resulta de recibo que, teniendo exacto conocimiento de todo ésto todas las organizaciones representadas, se haya producido traslados de información errónea en materia como ésta. Además, podéis consultar la web del MEC (www.mec.es) para contrastar específicamente esta información que te traslado sobre la interpretación del nuevo Real Decreto de ampliación de plazos. Así todo será información oficial."
Aunque el COP forma parte de la Comisión Nacional de la Especialidad con un miembro, y no solamente conoce sino que participa en sus resoluciones, está contribuyendo a generar desasosiego y alargar "sine die" el proceso de resolución de expedientes invitando a miles de colegiados a que dupliquen innecesariamente sus solicitudes y documentación.






