El Ministerio de Sanidad tiene ultimada la Cartera de Servicios del Sistema Nacional de Salud. A diferencia del proyecto elaborado por el anterior gobierno, este borrador no es un relatorio de las prestaciones que cada especialidad médica proponía ofertar, sino que se centra en las prestaciones en lugar de en las especialidades. Además de la posibilidad de que cada comunidad autónoma pueda añadir prestaciones a la cartera de servicios básica (lo que introduce dudas acerca del principio de igualdad que debe regir en el SNS independientemente del territorio en que se realice la prestación sanitaria), es de destacar la ausencia del reconocimiento de la prestacion de atención a las necesidades de evaluación y/o tratamiento psicológico en la atención especializada al margen de la atención a los trastornos mentales y a los pacientes terminales. De otro lado, la rehabilitación de los trastornos mentales crónicos se establece como prestación sanitaria para todo el SNS.
La atención a la salud mental se prevee prestar tanto en la atención especializada como en la atención primaria...
Atención a la salud mental en Atención Primaria:
"8. Atención a la salud mental en coordinación con los servicios de atención especializada
Incluye:
8.1. Consejo y apoyo para el mantenimiento de la salud mental en las distintas etapas del ciclo vital.
8.2. Detección, diagnóstico y tratamiento de trastornos por ansiedad y depresivos, con derivación a los servicios de salud mental en caso de quedar superada la capacidad de resolución del nivel de atención primaria.
8.3. Detección de otros trastornos mentales y de reagudizaciones en trastornos ya conocidos, y su derivación a los servicios de salud mental.
8.4. Detección de patología de la infancia/adolescencia, incluidos los trastornos de conducta en general y alimentaria en particular, y derivación en su caso al servicio especializado correspondiente.
8.5. Seguimiento de forma coordinada con los servicios de salud mental y servicios sociales de las personas con trastorno mental severo y prolongado."
Atención a la salud mental en Atención Especializada:
"7. Atención a la salud mental
Comprende el diagnóstico y seguimiento clínico de los trastornos mentales, la psicofarmacoterapia, las psicoterapias individuales, de grupo o familiares (excluyendo el psicoanálisis y la hipnosis) y, en su caso, la hospitalización. La atención a la salud mental incluye:
7.1. Diagnóstico y tratamiento de trastornos mentales agudos y de las reagudizaciones de procesos crónicos, comprendiendo el tratamiento ambulatorio, las intervenciones individuales o familiares y la hospitalización cuando se precise.
7.2. Diagnóstico y tratamiento de trastornos mentales crónicos, incluida la atención integral a la esquizofrenia, abarcando el tratamiento ambulatorio, las intervenciones individuales y familiares y la rehabilitación.
7.3. Diagnóstico y tratamiento de conductas adictivas, incluido alcoholismo y ludopatías.
7.4. Diagnóstico y tratamiento de trastornos de la infancia/adolescencia, incluida la atención a los niños con psicosis, autismo y con trastornos de conducta en general y alimentaria en particular (anorexia/bulimia), comprendiendo el tratamiento ambulatorio, las intervenciones psicoterapéuticas en hospital de día, la hospitalización de corta estancia y el refuerzo de las conductas saludables.
7.5. Atención a los trastornos de salud mental derivados de las situaciones de riesgo o exclusión social.
7.6. Actuaciones preventivas y de promoción de la salud en coordinación con otros recursos sanitarios y no sanitarios.
7.7. Información y asesoramiento a las personas vinculadas al paciente, especialmente al cuidador/a principal."
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