El ensañamiento del Consejo General de Colegios Oficiales de psicólogos (CGCOP) con la Comisión Nacional de la Especialidad de Psicología Clínica (CNEPC) además de injusto e insensato muestra nuevamente todos los ribetes de la demagogia.
Ante la, por todos, lamentada lentitud del procedimiento de revisión de expedientes de solicitud de homologación de Títulos de Especialista en Psicología Clínica, la CNEPC tomó la decisión de constituir cuatro grupos de trabajo constituidos por Especialistas en Psicología Clínica provenientes de las cuatro disposiciones adicionales previstas en el Real Decreto por el que se crea el Título de Especialista en Psicólogía Clínica; a saber: PIRes autonómicos, Servicios Sanitarios, Práctica Privada y Universidad. Tal decisión fue aplaudida por todos los implicados y recibida con alivio dada la aceleración del proceso que supondría, recogiendo además todas las sensibilidades profesionales. Para homogeneizar la revisión de expedientes, se preparó una guía con los criterios para la valoración de los expedientes, validada por el Ministerio de Educación.
Sin embargo, ahora que han recibido la valoración provisional prácticamente todos los expedientes de la primera convocatoria, el CGCOP se desmarca del árduo y transparente trabajo realizado por estos grupos de trabajo, desprestigiando su labor, al generalizar la alarma dado, que como era de esperar (puesto que se animó a todos los colegiados a presentar tal solicitud de homologación infundiendo un temor generalizado a no poder ejercer la profesión de psicólogo sin el título de especialista ), un buen número de solicitudes referidas a la disposición adicional tercera, han sido valoradas, provisionalmente de forma negativa. Lo que el CGCOP no destaca es que al seguir criterios objetivos, además de las valoraciones negativas entre los solicitantes provenientes de ejercicio privado, también las hay entre los solicitantes por ejercicio en el Sistema Sanitario, la Universidad y los propios PIRes autonómicos precursores del sistema.
Situación de la valoración de los expedientes con fecha de marzo de 2007:
- Número total de solicitudes presentadas para acceder al título de especialista en Psicología Clínica
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PROCEDIMIENTO |
PS1.2 |
PS2 |
PS3 |
PS4 |
Total |
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ORDEN PRE/1107/2002 |
199 |
3.657 |
6.475 |
265 |
10.596 |
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REAL DECRETO 654/2005 |
34 |
669 |
3.236 |
50 |
3.989 |
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TOTAL SOLICITUDES PRESENTADAS |
233 |
4.326 |
9.711 |
315 |
14.585 |
- Expedientes analizados por la Comisión Nacional distribuidos según el informe-propuesta emitido y las disposiciones transitorias atendiendo al orden de preferencia de los solicitantes
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INFORME-PROPUESTA |
PS1.2 |
PS2 |
PS3 |
PS4 |
TOTAL |
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REQUERIMIENTO DOC. COMPLEMENTARIA |
3 |
288 |
781 |
11 |
1.083 |
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INFORME-PROPUESTA POSITIVO |
164 |
2.445 |
1.716 |
152 |
4.477 |
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INFORME-PROPUESTA NEGATIVO |
11 |
825 |
1.454 |
44 |
2.334 |
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INFORME-PROPUESTA REALIZACION PRUEBA |
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73* |
652 |
1 |
726 |
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INFORME-PROPUESTA FORMACION COMPLEMENTARIA |
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186 |
12* |
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198 |
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TOTAL |
178 |
3.817 |
4.615 |
208 |
8.818 |
*Los informes-propuesta son todavía provisionales. En principio resultan negativos por la primera DT solicitada y realización de prueba o formación complementaria por la segunda DT solicitada.
Asimismo, se informa que en la actualidad se esta procediendo al tratamiento y grabación de, aproximadamente, 800 expedientes que ya han sido estudiados por la Comisión Nacional, pero sobre los que por el momento no es posible ofrecer datos según el informe emitido.
Hasta el momento han sido dictadas 4.477 Resoluciones Estimatorias, correspondientes a los informes-propuesta positivos. Respecto al resto de los expedientes sobre los que el informe-propuesta no ha sido positivo, la Dirección General de Universidades, antes de elevar la propuesta de resolución a la Ministra de Educación y Ciencia, ha notificado a los interesados trámite de audiencia para que formulen las alegaciones, siendo el expediente analizado de nuevo por la citada Comisión Nacional.
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SOLICITUDES |
PS1.2 |
PS2 |
PS3 |
PS4 |
TOTAL |
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TOTAL |
17 |
112 |
710 |
56 |
895 |
Las solicitudes presentadas en la segunda convocatoria, al amparo del Real Decreto 654/2005, siguiendo el criterio general que se aplica para establecer el orden del estudio de los expedientes, es decir, el número que se adjudica a cada uno de los mismos atendiendo a la llegada de la solicitud a la unidad administrativa responsable de la tramitación del procedimiento, serán revisadas una vez que se complete la revisión de las solicitudes presentadas al amparo de la Orden PRE/1107/2002.
No obstante, para evitar las repercusiones negativas que el retraso en la resolución de los expedientes pudiera ocasionar en la situación laboral de los solicitantes, se atienden las peticiones de agilización, presentadas por los solicitantes, en la tramitación del expediente, siempre y cuando se presenten suficientemente justificadas.
Como resultado de la participación de los mencionados Grupos de Trabajo en el estudio de los expedientes, desde el pasado mes de julio de 2006, se han analizado 5.382 expedientes.



