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pisos tutelados

  • Enlace a este mensajePublicado: 06.12.2005, 04:15
    **usuario desconocido**
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    Buenas tardes!

    Forma parte de la junta de una asociación de familiares de enfermos mentales en Andorra y quisiéramos tener información sobre la diferencia que existe entre pisos tutelados, pisos protegidos, asistidos, etc.

    Está previsto que se monten unos pisos aquí y quisiéramos saber si tutelados quiere decir con una supervisión profesional intensa o más bien ocasional. Espero que alguien nos heche una mano. Gracias.

    Marta Verdes
  • Enlace a este mensajePublicado: 07.12.2005, 09:33
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    juanfran
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    No existe una denominación estandar que sea aplicable a todos los dispositivos residenciales de forma unívoca. Pisos tutelados o psios protegidos pueden ser sinónimos. Lo importante es cómo se definan, sus características, tipología, perfil de usuarios...

    Para muestra puedes ver cómo los denomina la Fundación Andaluza para la integración Social del Enfermo Mental (FAISEM) http://www.fais.../Page375.htm. También en este enlace de FAISEM http://www.fais.../Page559.htm encontrarás suficientes documentos sobre uno de los programas residenciales más importantes de este país.
  • Enlace a este mensajePublicado: 22.12.2005, 07:24
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    tarbeta
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    En Ibiza acabamos de crear el recurso de pisos tutelados y la supervisión en un principio va a ser de 24 horas, la intención es poder crear otro tipo de pisos con menor supervisión, pero por ahora empezamos con estos. Si necesitais cualquier cosa Marta no dudes en ponerte en contacto conmigo.

    Marc
    Coordinador Pisos Tutelados
  • Enlace a este mensajePublicado: 09.03.2006, 21:15
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    johnny
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    Como bien se ha comentado anteriormente no existe una denominación bien definida de estos recursos y los diferentes nombres no tiene relación directa con las caracteristicas perfil de usuarios o supervisión, sino más bien que desde que se crearon este tipo de recursos hasta ahora se le han ido asignado nuevos sinónimos, vivienda tutelada, protegida o supervisada.
    En cuanto al perfil de los usuarios, nivel de deterioro o conductas problema si que se plantean distintos niveles de protección o supervisión para una vivienda o piso. Cuando se establece la idoneidad de los usuarios para comenzar a utilizarse dicho recurso en función de las caracteristicas antes mencionadas se establece un periodo de adaptación en el cual el nivel de supervisión puede ser mas alto que una vez superado dicho periodo. Las viviendas de alta supervisión normalmente suelen ser de las 24h. Y para los usuarios que son más autonomos y están menos deteriorados normalmente se establece media o baja supervisión. Espero que os sirva de ayuda, soy Juan de una asociación de Castilla la mancha.
  • Enlace a este mensajePublicado: 09.03.2006, 21:23
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    johnny
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    Os recomiendo visitar http://www.fislem.org/paginas/programas/residencial.htm que es el programa residencial llevado a cabo en Castilla la Mancha. Y también visitar http://www.asociacion-nuevaluz.es hay cosas interesantes sobre la rehabilitación

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